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Regulación del trabajo sexual en Colombia

Colombia reconoce que no es ilegal y que las trabajadoras sexuales tienen derechos pero hay aspectos que no se contemplan por ley, la ley 186 de 2023 estipulará todo por contrato.


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Cada quien es libre de escoger en qué trabajar y en donde trabajar. Así el trabajo sexual en espacios públicos, modelaje webcam, creación de contenido, pornografía, intercambio de servicios sexuales dentro de un establecimiento comercial, servicio de escort o persona de compañía, baile erótico tendrán derechos laborales, contrato laboral y un tipo de vinculación laboral.


La ley contempla los lugares donde se ejerza la labor sexual, y tendrán deberes que cumplir para garantizar los derechos, la integridad, salud y libertad. También los usuario y Clientes del trabajo sexual tienen deberes.


¿El estado colombiano las ha protegido?


El Estado no se ha pronunciado de manera directa acerca del trabajo sexual, aunque la jurisprudencia constitucional ha determinado que la prostitución en sí misma no es ilegal, y que las trabajadoras sexuales tienen derecho a las garantías y protecciones laborales previstas por la ley.


Tienen derecho a cotizar a pensión, tener horas extras y gozar de todas las protecciones que la ley contempla en su práctica laboral. Además, el Ministerio del Trabajo y la Alcaldía de Los Mártires han enfatizado que los propietarios de los establecimientos que ofrecen servicios sexuales deben ofrecer a sus empleados todas las garantías laborales que exige la ley. Pero la realidad es que muchas personas no saben, desconocen o no hacen valer sus derechos.


Colombia tiene zonas de "tolerancia" en las cuales trabajadoras y trabajadores sexuales ejercen su labor, pero quienes son dueños de establecimientos no garantizan la totalidad de los derechos lo cual lleva a una falta de regulación que deja desprotegido a todos y a todas.



Zancadilla a cada proyecto, desprotegidas.


Hay quienes no hablan sobre este tema por razones no confirmadas, pero de puertas para afuera se sabe que es un trabajo, existe y que no se puede tapar con un dedo. Quienes están interesados en radicar un proyecto para proteger cuidar y resguardar la integridad de aquellas personas que trabajan en este campo laboral son quienes hablan, ven y conocen lo que una persona puede vivir dedicándose a esta labor.


Quienes tomaron la iniciativa para radicar el proyecto de ley 186 de 2023 que busca dignificar el trabajo sexual en Colombia son la senadora Sandra Ramírez, del Partido Comunes, la Asociación Sindical de Trabajo Sexual ASTRASEX, la organización Putamente Poderosas, Corporación Social Vida Sin Fronteras, Corporación Calle 7 y el Sindicato de trabajadoras sexuales de Antioquia SINTRASEXA.


Hay pocos proyectos antecesores al 186, pero cada uno trató de regular el trabajo sexual. El Proyecto de Ley 079 de 2013 Senado trató de establecer el significado de “un trato digno a las personas que ejercen la prostitución”, dar medidas orientadas a los derechos, sin embargo, fue archivado en plenaria por cierre de la legislatura sin que surgiera su segundo debate.


Proyecto en 2020 con el número 233 de 2020 pero fue archivado en comisión. A finales de 2021, en la comisión séptima se adelantó la discusión del Proyecto de ley 318 de 2021 Cámara, el proyecto fue archivado debido a la controversia que generaron sus postulados prohibicionistas.


En el 2021 y el 2022 fueron presentados otros proyectos que también fueron archivados.


Lee sobre el abuso y violencia que puede presentarse en el trabajo sexual, en el siguiente link Cuidado con los abusadores disfrazados (encountersvip.com) Las modelos están expuestas al abuso y al acoso de cientos de personas que pretenden usarlas para sus fines personales.


Trabajo digno con derechos laborales


La ley 186 de 2023 estipulará todo por contrato a todas las personas involucradas en el trabajo sexual una protección integral y equitativa. Cada individuo que ejerza esta labor gozará de derechos fundamentales, tales como períodos de descanso remunerado, licencias de maternidad y paternidad, días de luto, primas de servicios, jornadas dedicadas a la familia, bienestar y salud ocupacional en el ámbito laboral, así como afiliación a cajas de compensación familiar y la libertad sindical, este año un paso más cerca a la regulación del trabajo sexual Colombia.


Se destaca que quienes se dedican al trabajo sexual tendrán el respaldo de contratos a término indefinido, otorgándoles todas las prestaciones y obligaciones que la ley garantiza. La relación entre el empleador y el trabajador sexual será definida de manera clara, estableciendo condiciones y términos que protejan los derechos de ambas partes.


La normativa permite flexibilidad en la vinculación laboral, ya sea dependiente o independiente, adaptándose a las necesidades y preferencias individuales. Para ambos casos, se aplicarán rigurosamente las disposiciones de seguridad social integral, así como las normas de salud y seguridad en el trabajo, garantizando un entorno laboral seguro y saludable.


En relación con las jornadas laborales, periodos de descanso y condiciones de prestación de servicios, la ley establece parámetros que, en ausencia de regulaciones más beneficiosas, aseguran condiciones justas y equitativas para quienes desempeñan esta labor. La presente legislación, por tanto, no solo reconoce la importancia y la dignidad del trabajo sexual, sino que también busca asegurar que aquellos involucrados gocen de un marco legal protector y respetuoso de sus derechos fundamentales, este año sí al trabajo sexual.


El proyecto de ley en el artículo 21 postula que el gobierno y los entes territoriales atiendan y apoyen a las personas que ejerzan el trabajo independiente con objetivos como la superación de la estigmatización y violencias institucionales, atención integral a la salud para las personas que ejercen el trabajo sexual.




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